Información institucional, organizativa y de planificación. Art. 6, 1 Ley 13/2013 actualizado a 1 de Septiembre de 2024

Apartados

 

a) Promover y difundir, en el ámbito de la Comunidad Autónoma, la modalidad deportiva de Automovilismo.

b) Calificar, organizar, desarrollar y tutelar las actividades y competiciones oficiales en el ámbito deportivo extremeño.

c) Ostentar la
representación de la Federación Española
de
Automovilismo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

d) Coordinar y colaborar en la
organización y tutela de las competiciones oficiales de
ámbito estatal que
se
desarrollen
en la
Comunidad Autónoma de Extremadura. Para organizar, solicitar o
comprometer este tipo de competiciones, se notificará previamente a la Dirección General de Deportes
de
la Consejería de Cultura.

e) Colaborar con la
Consejería de
Cultura
de la
Junta
de Extremadura en el desarrollo del deporte en edad escolar, así como la
elaboración y ejecución, en su caso, de los planes de formación de técnicos
deportivos.

f) Contribuir a la prevención, control y represión del uso de sustancias y grupos farmacológicos prohibidos y métodos no reglamentarios en la práctica del deporte, así como a la prevención de la violencia en el
deporte.

g) Ejercer la potestad disciplinaria deportiva conforme a lo
dispuesto en la Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura, y en el
Decreto 27/1998, de 17
de
marzo, por
el que se regulan las federaciones deportivas extremeñas.

h) Ejercer el control de las subvenciones
que asignen a las Entidades Deportivas.

i) Ostentar la representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura en las
actividades
y competiciones de carácter nacional.

j) Informar puntualmente a la Consejería de Cultura de la Junta de Extremadura de
las
actividades
o competiciones a
celebrar
o participar
en el ámbito autonómico o nacional.

– Ley 2/1995, del deporte para Extremadura.
– Ley Orgánica 3/2013, de protección de la salud y lucha contra el dopaje.
– Ley Orgánica 15/1999, de protección de datos de carácter personal.
– Decreto 27/1998, de Federaciones deportivas extremeñas.
– Real Decreto 849/1993, que regula las prestaciones mínimas del seguro deportivo obligatorio.
– DECRETO 214/2003,  criterios básicos de  los  procesos electorales  de  las  federaciones  deportivas extremeñas.
– Estatutos FEXA
– Reglamentos internos (Reglamento electoral, Reglamento de Disciplina, etc.).

 

La federación cuenta con la siguiente estructura

Presidencia

Tres vicepresidencias

Responsables de las diferentes disciplinas deportivas

Un colegio de oficiales que es el responsable de la formación de los jueces y árbitros, así como su selección para las diferentes pruebas

Presidente y responsable de seguridada:  D. Ángel Cano Moreno

Vicepresidente 1º y delegado de Rallyes: D. Jorge Ramírez Salamanca

Vicepresidente 2º: D. Ángel Manuel Santos Avalle

Vicepresidente 3º y delegado de Karting: D. Marcos Cerezo Barrera

Secretario General y Tesorero: D. José Luis Groiss Buiza

Delegado de Slalom: D. Juan Ramírez Salamanca

Delegado de Autocross: D. David Real Gordillo

Delegado Técnico: D. Pedro Joaquin Calderón

Delegado de Regularidad: D. Manuel Soler González

Delegado de automovilismo virtual: D. Francisco Javier Gutierrez

Delegado de oficiales: D. Eugenio Becerra Becerra

Delegado de Deportistas: D. Cándido Sánchez Carpintero

Direcciones

Dirección principal
C/ Nicolás Mejías Pintor (Polideportivo de Almendralejo) Despacho FEXA (frente al Campo de Fútbol de la entrada). Almendralejo, 06200 (Badajoz).


Dirección secundaria
C/ Fernando Calvo, N° 2 (Centro Municipal de Asociaciones) Despacho 44 (Correspondecia al apartado de correos) Apartado de correos 128.
Plasencia, 10600 (Cáceres).

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